Política
Audiencia Nacional
Bermúdez expulsa de la Sala a familiares de un asesinado por ETA
Redacción
La familia de José María Latiegui, asesinado en 1981, ha exhibido pancartas exigiendo un juicio por estos hechos, que para el tribunal han prescrito.
El presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, ha expulsado a la familia del director de la empresa ''Moulinex'', José María Félix Latiegui, asesinado por ETA en 1981, por exhibir pancartas exigiendo que se celebre un juicio por estos hechos.
El incidente ha tenido lugar al inicio de la vista que se celebra contra José Antonio Zurutuza Sarasoa, por el asesinato del delegado de Telefónica en Donostia, Enrique Cuesta Jiménez, y su escolta, Antonio Gómez García, en 1982, hechos por lo que el fiscal solicita para él 30 años de prisión.
Después de que Gómez Bermúdez anunciara audiencia pública, (el momento en que el público puede acceder a la sala de vistas), la viuda y la hija de Latiegui se han puesto en pie, han comenzado a reclamar justicia para el fallecido y han exhibido su fotografía.
"Nos matan dos veces, nos mató él y nos está matando usted (refiriéndose al presidente del tribunal)", han exclamado los familiares de Latiegui, tras lo que Gómez Bermúdez les ha instado a abandonar la sala.
Ante la negativa de los familiares a dejar la sala y la insistencia en exigir justicia, el presidente de la sección primera de la Sala de lo Penal ha pedido a las fuerzas de seguridad que los
desalojaran.
El incidente estaba siendo captado por una cámara de televisión, a la que Gómez Bermúdez también ha expulsado de la sala tras ordenarle que no grabara las imágenes de lo que estaba ocurriendo entre el público.
"Ya pueden desmontar el trípode y marcharse. Aquí, cuando se incumplen mis instrucciones, se acabó", ha espetado el magistrado.
Una vez que han abandonado la Audiencia Nacional, la mujer del directivo de Moulinex, Ramona Garrido, y su hija, Amai Latiegui, han explicado a los periodistas que Zurutuza no será juzgado por este asesinato porque el tribunal ha considerado prescritos los hechos al haberse rebasado el plazo legal de 20 años desde que ocurrieron.