Economía -
Nueva regulación
Nuevo canon digital: 0,08 euros por CD y 1,1 euros por móvil
La nueva norma sustituye a la anterior, declarada ilegal por el Tribunal Supremo en 2016, y establece que la compensación a los autores se cargará en los equipos, aparatos y soportes digitales.
eitb.eus
Euskaraz irakurri: Kanon digital berria: 0,08 euro CDetan eta 1,1 euro mugikorretan
El nuevo decreto ley que regula el canon digital que se paga en el Estado español a los autores por las copias privadas de sus obras en los móviles, CD y memorias establecerá un modelo basado, según el ministro español de Educación, Cultura y Deporte Iñigo Méndez de Vigo "en el pago de un importe a satisfacer por los fabricantes y distribuidores de equipos, aparatos y soportes de reproducción".
Esta nueva regulación sustituye a la anterior, puesta en marcha por el PP en 2011 y que cargaba este gasto a los Presupuestos Generales del Estado, que fue declarada ilegal por el Tribunal Supremo y la Unión Europea.
Los fabricantes y distribuidores pagarán por las ventas de los equipos un canon establecido que repercutirá en los consumidores, pero autónomos, empresas y Administración podrán pedir el reembolso del mismo por uso “exclusivamente profesional”.
1,1 euros por cada móvil
Los teléfonos móviles con capacidad para reproducir videos y sonidos estarán gravados con 1,1 euros, mientras que la compensación de las memorias USB y discos duros será de 24 céntimos, según el Real Decreto Ley que regula el canon.
El texto establece también un gravamen de 3,15 euros para las tabletas, de 5,45 para reproductores de sonido o vídeo y de 6,45 para reproductores no integrados. No obstante, no se aplicará más de una cantidad a los ordenadores o tabletas.
Además, las impresoras estarán gravadas con entre los 4,5 y los 5,25 euros, mientras que las grabadoras de discos incluirán una compensación de entre 0,33 y 1,86 euros, y los discos compactos para la reproducción mixta (CD y DVD) de entre 8 y 28 céntimos.
Esta determinación de equipos y de tarifas tiene un "carácter transitorio" de un año, que se regularizará a través de un Real Decreto y a partir de ese momento las actualizaciones se realizarán por orden ministerial como mínimo una vez cada tres años.