Economía -

A pesar de la crisis

Algunos directivos de bancos rescatados, exentos de limitar su sueldo

Las entidades que han sido recapitalizadas por el FROB, como CatalunyaCaixa o BFA-Bankia, no podrán pagar a sus presidentes y consejeros delegados más de 300.000 euros al año.

El Banco de España. Foto: EFE
El Banco de España. Foto: EFE

Redacción

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Algunos directivos de entidades financieras que han sido nacionalizadas o que han recibido ayudas públicas no tendrán que reducir sus salarios para cumplir con los límites impuestos por el Gobierno. Así lo explica la orden ministerial que publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE) en el que se detallan los límites que se ha impuesto a la remuneración de la alta dirección de los bancos rescatados o con ayudas públicas, y que entra en vigor mañana. En términos generales, la orden confirma lo establecido en el real decreto del pasado 3 de febrero. Así, las entidades que han sido recapitalizadas por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), como CatalunyaCaixa, NovaGalicia, Banco de Valencia o BFA-Bankia, no podrán pagar a sus presidentes y consejeros delegados más de 300.000 euros al año. Además, las que han recibido prestamos del Estado, como Caja España-Duero, no podrán abonar a sus máximos ejecutivos más de 600.000 euros anuales. Esta cantidad debe incluir, no solo los salarios, sino también como dietas o indemnizaciones, o cualquier tipo de retribución que los directivos perciban de estas entidades, de sus filiales, o de los consejos de administración donde las representen.

También computarán las aportaciones a planes de pensiones o a cualquier otro instrumento de previsión social, así como las remuneraciones en especie.

Estos límites también se aplicarán a las entidades que se recapitalicen con cargo al préstamo de 100.000 millones concedido por la UE a través del FROB, y que se hará efectivo este otoño, previsiblemente.

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