Sociedad -

Tribunal Supremo

Reconocen el derecho a clases en castellano sin valorar inmersión

El tribunal reconoce el derecho de los alumnos que lo pidan a recibir sus clases en castellano y catalán como lenguas vehiculares, sin que la Generalitat tenga que reformar de forma global el sistema

La consellera de Educación de la Generalitat de Cataluña, Irene Rigau. EFE
Irene Rigau
La consellera de Educación de la Generalitat de Cataluña, Irene Rigau. EFE

Redacción

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El Tribunal Supremo (TS) reconoce en una sentencia el derecho de los alumnos que lo pidan a recibir sus clases en castellano y catalán como lenguas vehiculares, aunque sin que la Generalitat tenga que reformar de forma global el sistema de inmersión lingüística en Cataluña.

En su sentencia, el Supremo desestima el recurso presentado por la asociación Convivencia Cívica Catalana, en representación de una familia que solicitaba la escolarización en castellano, contra un auto de la sala contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que avaló el modelo de inmersión lingüística, pero garantizando la escolarización individual de los alumnos.

Ese auto del TSJC zanjaba, en marzo del año pasado, la resolución en la que ese mismo tribunal dio un ultimátum de dos meses a la Generalitat para implantar el castellano como lengua vehicular en las escuelas, en ejecución de una sentencia del Supremo.

En su fallo de este martes, el Supremo aclara "el sentido" de su sentencia de diciembre de 2012 que dio pie a ese polémico ultimátum y precisa que el derecho que reconoció a la familia recurrente era a que sus hijos fueran escolarizados con el castellano y el catalán como lenguas vehiculares "en el centro y curso" en que estén inscritos.

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