Sociedad -
En Vitoria-Gasteiz
Una mujer divorciada cobrará la pensión de viudedad
El TSJPV reconoce el derecho de la mujer a la pensión de viudedad y que ésta se le abone con efecto retroactivo desde que falleció su ex marido.
Redacción
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha sentenciado que el Instituto Nacional de la Seguridad Social debe abonar a una mujer divorciada una pensión de viudedad tras el fallecimiento ex esposo.
La sentencia de la Sala de lo Social del TSJPV, fechada el 12 de febrero y hecha pública hoy, ha estimado el recurso de una mujer que reclamaba esa pensión y ha revocado la resolución de un juzgado de Vitoria de julio del año pasado, que inicialmente se la había denegado.
Además, el TSJPV ha dictaminado que también tiene derecho a los efectos retroactivos de esa prestación desde el fallecimiento de su ex marido.
La demandante y el fallecido habían contraído matrimonio el 19 de noviembre de 1982 y 29 años después, en abril de 2010, rubricaron la disolución de su matrimonio y de la sociedad de gananciales de ambos cónyuges.
Un año después, ambas partes acordaron una pensión compensatoria para la mujer de 1.100 euros al mes, después de reconocer "el desequilibrio económico" que había entre los dos.
El ex esposo falleció el 22 de noviembre de 2011 y la mujer solicitó el reconocimiento de una pensión de viudedad tras acreditar que, a pesar del divorcio, ambos habían vivido empadronados en el mismo domicilio junto a sus hijos hasta la muerte del hombre.
Una primera sentencia rechazó la pretensión de la mujer y ahora el TSJPV ha considerado que esa resolución fue "excesivamente rígida" y, en concreto en este caso, constata que la mujer siguió viviendo con su ex esposo y los ingresos de éste eran los únicos del núcleo familiar.
"La demandante era acreedora de la pensión compensatoria y ésta se extinguió con el fallecimiento" de su ex esposo, y así desapareció la única fuente de ingresos económicos de la familia, recoge el TSJPV.
Por ello, el tribunal reconoce el derecho de la mujer a la pensión de viudedad y que ésta se le abone con efecto retroactivo desde que falleciera su ex marido.