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En Donostia-San Sebastián

Condenado por maltratar psicologicamente a su pareja durante 10 años

Además de cumplir una pena de 2 años de prisión, no podrá comunicarse o aproximarse a ella durante 4 años, y deberá compensarle con 5.000 euros más intereses. Teléfono contra el maltrato: 016.

AGENCIAS | REDACCIÓN

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Un Juzgado de Donostia-San Sebastián ha condenado a dos años de prisión a un hombre por maltratar psicológicamente a su compañera a lo largo de los diez años que duró su relación sentimental, durante la cual la pareja tuvo un hijo en común.

Según la sentencia del caso, a la que hoy ha tenido acceso EFE, el procesado agredió "de forma reiterada" a la mujer de forma psicológica "desde el inicio de la relación", pero sobre todo desde el nacimiento de su hijo, mediante "insultos y menosprecios" en el domicilio familiar de Tolosa (Gipuzkoa).

El procesado insultaba a su víctima con expresiones como: "tonta, analfabeta, estúpida, asquerosa, puta, zorra y loca", además de minusvalorar el trabajo de la mujer "frente al suyo propio".

La resolución explica que el imputado tampoco respetaba el descanso de su compañera, controlaba su forma de vestir y su imagen, y también la supervisaba en el puesto de trabajo de ésta, así como en las salidas que hacía con sus amigas "a través de llamadas telefónicas continuas" en las que pretendía conocer "las personas con las que su pareja se encontraba".

El documento precisa que el procesado negaba a la perjudicada el acceso a las cuentas bancarias de la comunidad de bienes de la que ambos formaban parte, y tampoco le permitía tener las llaves del buzón de la casa donde vivían.

El acusado también realizaba distintos actos para conseguir el "aislamiento social y familiar" de la mujer. Asimismo, el procesado solía decir a su víctima que estaba "loca" cuando ésta acudía a "recoger a su hijo menor y, después de que la mujer le expresara su deseo de separarse de él, le amenazó con la posibilidad de quitarle al niño, lo que causó una situación de "temor y angustia" a la mujer.

El escrito considera ahora al inculpado responsable de un delito de violencia psíquica habitual por el que le impone una pena de dos años de prisión y le impide comunicarse con su excompañera o aproximarse a ella durante cuatro años. La sentencia también le impone siete tías de localización permanente como responsable de una falta continuada de injurias y le obliga a compensar a la afectada con cinco mil euros más los correspondientes intereses legales.

Teléfono contra el maltrato: 016

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