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Audiencia de Bizkaia

Absuelta una mujer que abofeteó a un ertzaina por no identificarse

El tribunal recuerda que los agentes vestían de paisano y que no se identificaron ante la mujer y que, por lo tanto, ésta no pudo saber que eran ertzainas cuando abofeteó a uno de ellos.

AGENCIAS | REDACCIÓN

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Euskaraz irakurri: Absolbituta, identifikatu ez zen ertzain bati zaplaztekoa emategatik

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha absuelto a una mujer que había sido condenada a siete meses de cárcel por abofetear a un ertzaina, al no haberse podido demostrar que la víctima, que vestía de paisano, le informara previamente de su condición de policía.

Los hechos tuvieron lugar el 27 de marzo de 2015, cuando la acusada, que iba a ser trasladada en ambulancia a un hospital vizcaíno, propinó una bofetada en la cara a un agente de la Ertzaintza, sin producirle lesiones.

En el momento de la agresión, la mujer tenía alteradas sus facultades volitivas porque había tomado bebidas alcohólicas, según la sentencia.

En noviembre de 2015, el Juzgado de lo Penal número 3 de Bilbao condenó a esta mujer a siete meses de cárcel como autora de un delito de atentado a agentes de la autoridad, así como al abono de las costas del juicio.

La Audiencia, sin embargo, ha considerado ahora que la sentencia de primera instancia "razona erróneamente" que los agentes iban uniformados, cuando en realidad vestían de paisano y no llevaban el coche oficial, por lo que la mujer no pudo saber que eran ertzainas.

Además, ha recordado que los agentes se identificaron como tales ante los sanitarios que iban a trasladar a la mujer a un centro hospitalario, pero no ante ésta. Por ello, la Audiencia Provincial ha aceptado el recurso de la acusada y anulado la condena que le fue impuesta.

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