Sociedad -
Despido de una embarazada
El TS avala despedir a una embarazada tras el periodo de prueba
La mujer asegura que el despido se produjo cuando informó de su embarazo, pero la empresa, sostiene que en ningún momento lo supo y que la despedida "no tiene relación alguna con el embarazo".
Redacción
El Tribunal Supremo (TS) ha avalado la procedencia del despido de una mujer embarazada tras el periodo de prueba, al considerar que no ha podido probarse que fuera discriminatoria la decisión de extinguir el contrato por parte de la empresa, que alegó desconocer que la empleada estuviera encinta.
Así lo ha acordado la Sala de lo Social del TS en una sentencia, de la que ha sido ponente María Lourdes Arastey, y contra la que seis magistrados han emitido un voto particular discrepante, al entender que la empresa debió justificar el despido y acreditar que su decisión "no tiene relación alguna con el embarazo".
En su recurso, la mujer, Nuria S.O., aseguraba que el despido se produjo cuando informó de su embarazo, pero la empresa, sostuvo que en ningún momento lo supo y que en esas fechas, el 4 de agosto de 2009, no sólo le comunicó la extinción del contrato a ella sino a otro compañero que tampoco superó el periodo de dos meses de prueba.
Al desestimar el recurso, el Supremo argumenta que, aunque la empresa hubiera conocido el embarazo, el hecho de que en la misma fecha se extinguiera un contrato idéntico a un trabajador varón, ofrece dudas acerca de que el despido de la mujer fueradiscriminatorio.