Sociedad -
Barcelona
Condenan a Ryanair por no permitir volar a un pasajero
No dejó embarcar a un hombre por faltarle la documentación después de que le robaran la cartera, a pesar de que presentó la denuncia, el carné de conducir y una fotocopia del DNI.
Redacción
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha condenado a Ryanair con la obligación de indemnizar con 250 euros y el reembolso del precio del billete a un pasajero por "denegación de embarque injustificada", según fuentes jurídicas.
Los empleados y responsables de Ryanair impidieron el embarque de un ciudadano que minutos antes en el propio aeropuerto había sufrido el robo de su documentación, a pesar de que aportó la correspondiente denuncia, el carné de conducir y una fotocopia del DNI.
Los hechos se produjeron el día 6 de abril de 2011, cuando el vecino de Granollers tenía previsto tomar un vuelo en el aeropuerto de Barcelona en dirección a Valladolid, aunque su destino final era Palencia. A su llegada al aeropuerto, dos horas y media antes de la salida del vuelo, se apercibió de que le habían sustraído la billetera, en la que portaba el DNI.
La víctima del robo se dirigió a la Comisaría de los Mossos d'Esquadra del propio aeropuerto para denunciar el robo. Posteriormente, se personó en la puerta de embarque del vuelo que debía tomar e informó al personal de Ryanair de lo sucedido, y dicho personal le comunicó que no le iba a permitir embarcar, aunque le indicó la posibilidad de obtener una autorización en el mostrador de venta de billetes.
Pese a estar situado fuera de la zona de seguridad, el pasajero y cliente se afanó en llegar a dicho punto, 40 minutos antes de la salida del vuelo, y los responsables de Ryanair le negaron la posibilidad de volar, pese a presentar la denuncia, el carné de conducir y una fotocopia del DNI. La única opción que le dieron fue esperar al día siguiente y abonar un sobrecoste de 100 euros.