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Ley del aborto

El Ministerio de Igualdad exige a las comunidades autónomas que ejecuten la reforma de la ley del aborto

La modificación de la ley contempla que las mujeres tengan garantizada la posibilidad de abortar en la sanidad pública. El departamento de Montero también recuerda que todas las regiones deben contar con médicos no objetores, es decir, favorables a practicar interrupciones voluntarias del embarazo.

Irene Montero, ministra de Igualdad del Gobierno de España. Foto de archivo: EFE
Irene Montero, ministra de Igualdad del Gobierno de España
Irene Montero, ministra de Igualdad del Gobierno de España. Foto de archivo: EFE

AGENCIAS | EITB MEDIA

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Euskaraz irakurri: Berdintasun Ministerioak erkidegoei galdegin die abortuaren legearen erreforma gauzatzeko

El Ministerio de Igualdad ha enviado este miércoles una carta a todas las comunidades autónomas para exigirles que ejecuten "urgentemente" todas las medidas relacionadas con la interrupción voluntaria del embarazo contempladas en la reforma de la ley del aborto, aprobada el pasado febrero.

Entre otras cuestiones, la modificación de la ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo contempla que las mujeres tengan garantizada la posibilidad de abortar en la sanidad pública y lo más cerca posible de su domicilio.

En esa línea, Igualdad recuerda en su carta que todas las regiones deben contar con médicos no objetores, es decir, favorables a practicar interrupciones voluntarias del embarazo, por lo que el departamento de Irene Montero ha instado a las comunidades que lo necesiten a contratar los facultativos necesarios para asegurar que las mujeres que elijan abortar puedan ejercer su derecho.

El ministerio también apunta que ley es "clara en ese aspecto" y plantea la creación de registros de objetores en cada comunidad autónoma, algo que todavía no se cumple en todas las regiones.

La reforma del aborto, que mantiene los plazos fijados por ley en 2010, incluye otras medidas como el fin de la exigencia de autorización de los progenitores para que las menores de 16 y 17 años puedan interrumpir su embarazo o la introducción de bajas laborales por menstruaciones incapacitantes.

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