Sociedad -
Condena a AENA
AENA deberá indemnizar a un pasajero por la huelga de controladores
La Audiencia Nacional ha condenado a Aena a indemnizar con 290 euros a un pasajero afectado por el cierre del espacio aéreo español en 2010 por la huelga de los controladores Aéreos.
Redacción
La Aundiencia Nacional ha reconocido que la responsabilidad patrimonial "sólo y exclusivamente puede exigirse" al gestor aeroportuario por lo que ha condenado a la entidad a indemnizar con 290 euros a un pasajero.
En la sentencia se estima parcialmente el recurso que presentó el pasajero, al que se le canceló un vuelo Ibiza-Madrid, contra un fallo anterior que desestimaba la reclamación por responsabilidad patrimonial interpuesta frente a Aena. Por lo tanto, ésta sentencia podría crear una nueva jurisprudencia ante otros posibles casos como éste.
El escrito considera que los controladores "en ningún caso son un elemento extraño a la entidad demandada", en este caso a AENA.
Añade además que ni las actuaciones u omisiones de los controladores en relación con la prestación del servicio "pueden considerarse ajenas al ámbito decisorio o las facultades de actuación o responsabilidad" del gestor aeroportuario.
El año pasado, la Audiencia Nacional dictó una sentencia en el sentido contrario al eximir a Aena de indemnizar a un pasajero por el cierre del espacio aéreo declarado entre los días 3 y el 4 de diciembre de 2010, al inicio del puente de la Constitución, por la huelga de los controladores, que afectó a más de 600.000 personas.