Crisis Económica -

CNMV

Abrirán acciones disciplinarias a 9 bancos por la venta de preferentes

La Comisión Nacional del Mercado de Valores concluye que las entidades vendieron participaciones preferentes a un número "muy elevado de clientes" y no aplicaron las normas "más estrictas" su venta.

Protestas contra las preferentes en Galicia. Foto: EFE (archivo)
Protestas contra las preferentes en Galicia
Protestas contra las preferentes en Galicia. Foto: EFE (archivo)

Redacción

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La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) abrirá acciones disciplinarias a nueve grupos financieros por la venta de participaciones preferentes y deuda subordinada, con un nominal afectado de 6.212 millones de euros.

Así lo anunciado la presidenta del supervisor bursátil, Elvira Rodríguez, durante la presentación en el Congreso del primer informe de la Comisión de seguimiento de las participaciones preferentes.

Según ha precisado, el objetivo de estas sanciones es crear una disciplina que permita que no se vuelva a repetir en el futuro un problema de estas características porque, según ha recordado, la comisión parlamentaria que preside no tiene labores ejecutivas de resarcimiento, que quedan reservadas a los tribunales de justicia o a instancias arbitrales.

115.000 millones de euros

Rodríguez ha destacado que, en general, se han realizado emisiones por 115.000 millones de euros que han tenido un total de 3 millones de suscriptores. La mayoría de las emisiones han procedido de entidades financieras, aunque algunas han procedido de entidades no financieras.

Durante su intervención, la presidenta de la CNMV se ha centrado en los casos de las tres entidades nacionalizadas que más problemas han tenido con las preferentes: Bankia, Catalunya Caixa y Novacaixagalicia.

Conclusiones

Tras analizar el asunto, la Comisión del seguimiento de las preferentes ha llegado a la conclusión de que las entidades financieras vendieron participaciones preferentes a un número "muy elevado de clientes" a los que se les advirtió de que la operación no era conveniente.

También ha determinado que en estos procesos "no fueron de aplicación las normas más estrictas correspondientes al servicio de asesoramiento, básicamente el test de idoneidad, que es más exigente que el de conveniencia".

"Con carácter general aunque con importantes excepciones, las entidades fueron capaces de acreditar el cumplimiento de las obligaciones de información a la clientela en la comercialización", ha indicado Rodríguez.

Finalmente, ha apuntado que esta conclusión "es compatible" con la existencia de numerosos inversores que afirman haber recibido una información verbal "contradictoria" con la documentación contractual firmada. "Sin embargo, la CNMV carece de elementos probatorios que permitan comprobar lo realmente ocurrido en estos casos", ha asumido.

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