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El Tribunal de la UE avala el régimen fiscal del Athletic y Osasuna

El Tribunal de Luxemburgo anula así la decisión de la Comisión Europea de sancionar a esos clubes de fútbol por recibir ayudas de Estado ilegales.

Las partes disponen ahora de dos meses para presentar un recurso
Imagen del estadio de San Mames
Las partes disponen ahora de dos meses para presentar un recurso

Agencias | Redacción

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Euskaraz irakurri: EBko Auzitegiak Athleticen eta Osasunaren zerga-araubidea babestu du

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha avalado este martes el régimen fiscal del Athletic y Osasuna, así como el del Barcelona y Real Madrid, como sociedades anónimas deportivas y anula la decisión de la Comisión Europea (CE) de sancionar a esos clubes de fútbol por recibir ayudas de Estado ilegales.

"El Tribunal hace constar que la Comisión, a quien incumbía la carga de la prueba, no acreditó suficientemente con arreglo a Derecho que la medida controvertida confiriese una ventaja a sus beneficiarios", indica el servicio de comunicación del Tribunal de Luxemburgo.

Una ley española de 1990 obligó a los clubes deportivos profesionales españoles a reconvertirse en sociedades anónimas deportivas con el objetivo de fomentar la transparencia en la gestión.

Sin embargo, se estableció una excepción de forma que los clubes que hubieran obtenido resultados económicos positivos en los ejercicios anteriores podían optar por seguir funcionando bajo la forma de clubes deportivos, medida a la que se acogieron el Fútbol Club Barcelona, el Club Atlético Osasuna, el Athletic Club y el Real Madrid.

Como personas jurídicas sin ánimo de lucro, esos cuatro clubes tuvieron así derecho a un tipo de gravamen específico sobre sus rendimientos, que hasta 2016 fue inferior al tipo de gravamen aplicable a las sociedades anónimas deportivas.

Pero en 2016, la Comisión Europea declaró que España había establecido ilegalmente una ayuda en forma de privilegio fiscal en el impuesto de sociedades en favor de los cuatro clubes de fútbol profesional mencionados que no era compatible con el mercado interior.

El Ejecutivo comunitario ordenó a España que suprimiera ese régimen y que recuperase "con carácter inmediato y efectivo de los beneficiarios el importe de la ayuda otorgada", recordó el TGUE.

Los clubes recurrieron esa decisión y el tribunal les ha dado la razón al considerar que la CE no acreditó convenientemente las ayudas ilegales que les reprochaba.

Las partes disponen ahora de dos meses para presentar un recurso contra la decisión del TGUE ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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