Política -
Por prevaricación
La Audiencia de Gipuzkoa reabre una causa contra el alcalde de Eibar
Aralar considera que pudo cometer un delito de prevaricación por la valoración de una parcela urbanística adjudicada y porque la reversión del solar al consistorio fue "contraria a derecho".
La Audiencia de Gipuzkoa ha ordenado la reapertura de una investigación por un presunto delito de prevaricación contra el alcalde de Eibar, Miguel de los Toyos (PSE-EE), a raíz de la enajenación de un solar municipal en el que se ubicaban el mercado de abastos y la escuela de música de la localidad.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial estima así parcialmente el recurso de apelación presentado por Aralar contra el sobreseimiento provisional de esta causa decretado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Eibar, al que ordena ahora que cite a declarar en calidad de imputado a De los Toyos, "por su condición de presidente de la Comisión Asesora de Obras y Urbanismo del Ayuntamiento",
En un auto, la Audiencia reclama que también se tome declaración, asimismo como imputados, a la secretaria municipal, al asesor jurídico del área de Obras y Urbanismo, y a la arquitecta municipal.
La resolución judicial, fechada el pasado día 18, apela igualmente la posible comparecencia del exalcalde de Eibar, exconsejero del Gobierno Vasco y actual secretario general del PSE-EE de Gipuzkoa, Iñaki Arriola, así como del exsenador José Luis Valles, si bien excluye "de momento" esta posibilidad por su "condición de aforados".
En su denuncia, Aralar considera que en este caso pudo cometerse un delito de prevaricación por la valoración de la parcela urbanística adjudicada y porque la reversión del solar al consistorio, después de que la operación urbanística se frustrara, fue "contraria a derecho".
Según el partido abertzale, el expediente se resolvió con el "mutuo acuerdo" de las partes con un pago de 1.320.234 euros, 650.000 euros por el coste de la parcela, más 488.133 euros por los gastos asumidos por la entidad adquiriente para unas supuestas mejoras y 181.101 más en concepto de IVA, cuando, en su opinión, "lo procedente hubiera sido instar la resolución contractual culpable del contratista".
La Audiencia de Gipuzkoa entiende ahora que "pese a la extensa fundamentación del auto" con el que el Juzgado de Eibar sobreseyó provisionalmente la causa, su archivo "se ha adoptado de forma precipitada y sin practicar una diligencia básica de investigación" como es "la declaración de los denunciados o al menos de quienes ostentaron una posición relevante en el desarrollo de los hechos y se les puede presumir conocedores de las razones que llevaron al Ayuntamiento de Eibar a adoptar unas decisiones cuya justificación no presenta la suficiente claridad".