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El reglamento de la Ley de Víctimas incluye ayudas para los amenazados

Tras la aprobación de este nuevo reglamento, estas ayudas se darán con carácter retroactivo a las personas amenazadas desde enero de 1960.

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz. Foto: EiTB
El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.
El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz. Foto: EiTB

Redacción

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El Consejo de Ministros del Gobierno español ha aprobado hoy el reglamento de la Ley de Reconocimiento y Protección Integral a las víctimas del Terrorismo, que fija sus ayudas económicas y asistenciales de las que se podrán beneficiar también los amenazados.

La nueva norma incrementa las indemnizaciones por daños materiales a las personas que han sufrido un atentado, eleva el límite cuantitativo de las ayudas psicológicas y mejora la regulación de la atención educativa y psicopedagógica.

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha destacado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que "por primera vez" los amenazados recibirán también estas ayudas y que podrán hacerlo con carácter retroactivo, como consecuencia de amenazas sufridas desde enero de 1960.

Traslados

De este modo, podrán recibir ayudas para facilitar el traslado de localidad, por abandono de vivienda, por gastos de escolarización, por tratamiento psicológico y para reinserción laboral.

Según el ministro, el reglamento "cierra" la puerta a la percepción de ayudas por parte de los "terroristas", ha contado con la opinión de las asociaciones de víctimas y ha significado "un paso firme y decidido" para consolidar a España como referente en esta materia.

Inspirado en los principios de memoria, dignidad, justicia y verdad, el reglamento, ha dicho Fernández Díaz, pretende servir para construir "el único relato posible del precio del terror".

Será el departamento de Interior la "ventanilla única" a la que deberán dirigirse las víctimas para solicitar estas ayudas y agilizar así su gestión.

Plazo de un año

Con esta normativa, las víctimas podrán solicitar en el plazo de un año la diferencia entre las cantidades que cobraron por atentados cometidos desde enero de 1960 y la cantidad establecida por ley, en tanto las que nunca fueron reparados económicamente también podrán pedir las indemnizaciones en el plazo de un año.

En materia de vivienda, las víctimas tendrán consideración preferente en la adjudicación de casas de protección pública a precio tasado o para arrendamiento y se promoverán convenios con empresas para facilitar la contratación de este colectivo.

Desde 1979 y hasta el 31 de agosto de este año, el ministerio ha abonado en indemnizaciones 790 millones de euros.

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