Política -
Sentencia del Constitucional
TC: 'La ciudadanía catalana no es sino una especie de la española'
Además, ha establecido que el deber de conocer el catalán "no es jurídicamente exigible con carácter generalizado".
Reacción
El Tribunal Constitucional entiende que la Carta Magna "no conoce otra nación que la española" y que "la ciudadanía catalana no es sino una especie de la ciudadanía española" por lo que las referencias a estas cuestiones en el Estatuto de Cataluña carecen de "eficacia jurídica interpretativa".
Así se recoge en la sentencia del Constitucional, hecha pública hoy, y que estima que el preámbulo del Estatuto catalán "carece de eficacia jurídica interpretativa" en cuánto define a Cataluña como nación o cuando alude a los derechos del pueblo catalán. Por otra parte, el Tribunal Constitucional (TC) ha establecido en su sentencia del Estatut que el deber de conocer el catalán "no es jurídicamente exigible con carácter generalizado".
El artículo 6.2 del Estatut señala que "todas las personas tienen derecho a utilizar las dos lenguas oficiales y los ciudadanos de Cataluña el derecho y el deber de conocerlas".
El Estatut introducía así el deber de conocer el catalán en Cataluña, que se añadía al deber de conocer el castellano marcado por la Constitución.
Según el TC, "el hecho de que la Constitución no reconozca el derecho a utilizar las lenguas cooficiales distintas del castellano no impide que los Estatutos de Autonomía garanticen tal derecho. Otra cosa es, sin embargo, que también puedan exigir el deber de conocerlas".
Fiscalidad
El Tribunal Constitucional ha dejado claro que, más allá de la cooperación que aplique con las Comunidades Autónomas, "sólo corresponde" al Estado determinar cuál debe ser el "esfuerzo fiscal" que deba realizar Cataluña y el resto de autonomías, puesto que es el único garante de la solidaridad.
El Constitucional sostiene en la sentencia sobre el Estatut que la norma catalana incurre en un "evidente exceso" al crear un Consejo de Justicia de Cataluña como "órgano de gobierno del poder judicial" en esta comunidad y desconcentrado del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).