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Un juzgado falla contra la colocación de la ikurriña en el Ayuntamiento de Estella

La sentencia argumenta que actualmente Navarra no cuenta con una ley que regule o ampare la exhibición de la ikurriña en un edificio institucional.

AGENCIAS | REDACCIÓN

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Euskaraz irakurri: Lizarrako udaletxean ikurrina jartzea legez kontrakoa dela ebatzi du epaitegi batek

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Pamplona considera "disconforme" con el ordenamiento jurídico la colocación de la ikurriña en el Ayuntamiento de Estella el pasado 4 de agosto con motivo del lanzamiento del cohete anunciador de las fiestas.

La derogación de la Ley de Símbolos "no regula, ni ampara la exhibición de la bandera de otra comunidad autónoma distinta a la Navarra, ni de la ikurriña en concreto", según la resolución, contra la que cabe interponer recurso de apelación.

El juzgado determina que, tras la derogación de la Ley de Símbolos, es necesaria una nueva ley foral "previo acuerdo político e institucional", que determine el uso de las enseñas en los edificios oficiales y en tanto en cuanto el Parlamento navarro apruebe dicha ley foral, "no existe norma que ampare la exhibición de otras enseñas distintas a las reguladas en la Ley 39/1981 que queda como única norma, general, pero indiscutiblemente aplicable en Navarra".

Este fallo, el segundo de estas características, llega días después de que el Juzgado número 1 de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona sentenciara también en contra de la colocación de la ikurriña en el Ayuntamiento de Burlada el pasado mes de agosto, a pesar, según precisa la resolución, de la derogación de la Ley de Símbolos de la Comunidad Foral.

En este caso se estima el recurso interpuesto por la Abogacía del Estado contra la decisión del Ayuntamiento de Estella de izar la ikurriña.

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