Política -

Decisión del TEDH

Confirman que España debe indemnizar a Otegi por vulnerar sus derechos

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no ha admitido el recurso del Gobierno de España contra la sentencia que le obligaba a indemnizar a Otegi por injurias al Rey.

Arnaldo Otegi. Foto: EITB
Arnaldo Otegi. Foto: EITB
Arnaldo Otegi. Foto: EITB

Redacción

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos con sede en Estrasburgo, ha inadmitido hoy el recurso del Gobierno español contra la sentencia que le obligó a indemnizar al exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi por haberle condenado por injurias al Rey, al estimar que se vulneró su derecho a la libertad de expresión.Así lo han confirmado hoy fuentes jurídicas, que han señalado que ha sido la Gran Sala del TEDH la que ha rechazado la petición del Ejecutivo de que se revisara la primera decisión del tribunal, adoptada el pasado 15 de marzo y en la que se señalaba que España había impuesto a Otegi una pena "desproporcionada" y obligaba a indemnizar a éste con 23.000 euros.

La condena al exportavoz de Batasuna fue de un año de cárcel por un delito de injurias graves al rey, al que llamó en 2003 "responsable de los torturadores".

En el recurso interpuesto el pasado mes de junio por la Abogacía del Estado, ésta solicitaba que la Gran Sala examinara trescuestiones "que afectan a la interpretación del Convenio" y son "de general importancia".

La primera de esas cuestiones versaba sobre "las consecuencias del ejercicio de la libertad de expresión por parte de un cargo electo, en relación con la reputación de otros" y la segunda acerca de "los deberes y las responsabilidades de los políticos cuando ejercen tal libertad en un contexto de violencia".

La Abogacía también pedía a Estrasburgo que se pronunciara sobre "la protección de las instituciones del Estado, como el jefe del Estado, de las difamaciones". En este sentido, el escrito de los servicios jurídicos del Estado recordaba que el rey no puede intervenir en el debate político ni defender su reputación institucional en los tribunales.

Así, la protección de que goza su figura en la ley española "no tiene como objetivo dotarle de privilegios o de una mayor protección, sino preservar su neutralidad política y su papel institucional", señalaba el escrito.

También decía que la sentencia recurrida no hacía referencia a la responsabilidad de los políticos en un contexto de violencia cuando, en 2003, "ser llamado responsable de los torturadores en el País Vasco no era una cuestión que solo concerniera al debate político".

"En particular, cuando esa acusación viene del líder de una organización que algunos meses después fue declarada ilegal por sus vínculos con el terrorismo", afirmaba el abogado del Estado, que añadía que "debe recordarse que el rey de España ha sido objetivo de los terroristas".

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