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Condenan a Irune Costumero por poner una grabadora a su hija para espiar a su padre
La condenada ha señalado que la sentencia está recurrida ante el Tribunal Supremo y que ella no colocó la grabadora. El Servicio de Menores le quitó a su hija en 2017, alegando "síndrome de alienación parental".
agencias | eitb media
Euskaraz irakurri: Espetxe-zigorra ezarri diote Irune Costumerori, alabari grabagailu bat ipintzeagatik aita zelatatzeko
Un juez ha condenado a Irune Costumero, la madre que sentó en el banquillo a los responsables del servicio de menores de la Diputación Foral de Bizkaia, a 18 meses de prisión por introducir una grabadora en un bolsillo de su hija para espiar las conversaciones con su padre.
La resolución de un juez de Barakaldo, que ha sido recurrida ante el Tribunal Supremo, reprocha la actuación de la madre y considera que con la grabadora encendida pretendía espiar las conversaciones de la niña con su padre tanto en el punto de encuentro familiar como en el domicilio del progenitor.
La sentencia recoge que fue la abuela de la pequeña la que notó una cosa dura en la chaqueta de la menor y que comprobó que era una grabadora que estaba encendida. El aparato grabó una hora de conversaciones entre el padre, la abuela y las trabajadoras del centro foral.
Costumero ha señalado que la sentencia está recurrida ante el Tribunal Supremo y que ella no colocó la grabadora en la ropa de su hija. "Quien la metió lo hizo para proteger a mi hija de su padre y de sus abuelos paternos. Es una cortina de humo para desvirtuar mi imagen", ha asegurado.
Esta madre denunció a los responsables de la Diputación, que fueron absueltos, por haberle retirado la custodia de la menor al considerar que sufría una grave situación de desprotección bajo la premisa de la "alienación parental", trastorno inexistente en la literatura médica y prohibido en la Ley de protección a la Infancia aprobada el año pasado.
La Justicia resolvió entonces absolviendo a los responsables del servicio de menores y ahora impone a Costumero una condena a 18 meses de cárcel por un delito contra la intimidad.