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Preguntas y respuestas

¿Me puedo librar de una mesa electoral? y otras dudas sobre el 20D

Te resolvemos todas tus dudas: ¿qué elegimos? ¿de qué color es cada papeleta? ¿puedo votar con el DNI caducado? ¿en qué se diferencian el voto blanco y el nulo?

David Pérez | eitb.eus

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¿Qué elegimos en las urnas?

En las elecciones generales del 20D los y las votantes decidirán la composición de las Cortes Generales, es decir, se elegirán a los 350 diputados del Congreso y a 208 senadores.

Posteriormente, estos diputados y diputadas elegirán al próximo presidente del Gobierno español. El matiz es importante: el sistema electoral español no es presidencialista, y en las urnas no se vota a favor de un candidato a la Presidencia, sino que se apoya una lista electoral. Por eso, podría suceder que un partido presente a la sesión de investidura a otro candidato o candidata diferente al anunciado.

 

¿De qué color es cada papeleta y cómo se vota en las elecciones al Senado?

La papeleta del Congreso es de color blanco, impresa por una sola cara y en ella debe aparecer la denominación, sigla y símbolo del partido o coalición y los nombres y apellidos de los candidatos y candidatas y sus suplentes.

La papeleta del Senado es de color sepia, única para cada circunscripción, y común para todas las candidaturas. Estas se ordenan en la papeleta según los resultados obtenidos en las anteriores elecciones, y los candidatos y candidatas, dentro de cada candidatura, por el orden que libremente establezca la propia formación política. Para votar, hay que poner una cruz en las tres personas que se quiera apoyar, independientemente del lugar que ocupe dentro de la lista. En la CAV y Navarra se pueden elegir a tres personas, que no tienen que ser necesariamente de la misma formación.

 

¿Qué diferencias hay entre el voto en blanco, el nulo y la abstención?

Voto en Blanco: Consiste en depositar en la urna un sobre que no contiene papeleta, e indica, al menos teóricamente, que el votante participa y legitima el sistema electoral, pero que no le convence ninguna opción política. En el caso de las elecciones al Senado, también se considera voto en blanco introducir en el sobre una papeleta que no contenga marcado el nombre de ningún candidato.

El voto en blanco tiene una incidencia directa en los resultados, ya que se computa como voto emitido y contribuye a "engordar" el umbral mínimo de votos necesario para entrar en las instituciones (el 3% en las elecciones del 20D). Es decir, a más votos en blanco emitidos en total, más votos necesitará un partido para obtener representación. Por eso, votar en blanco beneficia a los partidos mayoritarios y perjudica a los más pequeños.

Voto nulo: Consiste en alterar o modificar una papeleta oficial o introducir en el sobre recortes u otros objetos. En las elecciones al Senado también se considera voto nulo aquel que tiene señalado el nombre de más de tres candidatos.

Se considera un voto gamberro y no computa ni influye en el resultado final. Eso sí, se contabiliza, por lo que finalizado el escrutinio se conoce el porcentaje de votos nulos emitidos.

Abstención: Consiste, simplemente, en no ir a votar. Puede beneficiar o perjudicar a cualquier partido, dependiendo de si quienes se quedan en casa son votantes potenciales suyos o no.

Las razones para abstenerse pueden ser infinitas (no querer votar, no tener interés hacia la política, estar enfermo o incluso no saber que es día de elecciones), aunque suele entenderse como un modo de medir el desapego de la ciudadanía hacia el sistema electoral o la política.

 

¿Se puede votar con el DNI caducado?

Para votar es necesario presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI), el pasaporte o el carné de conducir, con fotografía en todos los casos casos, y no importa que estos documentos estén caducados. Eso sí: hay que llevar los originales, no valen fotocopias.

 

Me toca trabajar durante el día de las elecciones, ¿puedo pedir permiso para ir a votar?

- Si 4 horas o más de la jornada habitual de trabajo coinciden con el horario de los colegios electorales, corresponde un permiso de 4 horas para ir a votar.

- Si coinciden menos de 4 horas: permiso por el tiempo que coincida con el horario laboral.

- Si la jornada es menor a la habitual: permiso reducido proporcionalmente.

 

¿Cómo será el día de la votación?

Los colegios electorales abrirán sus puertas a las 09:00 horas, y cerrarán 11 horas después, a las 20:00.

Mientras las urnas estén abiertas, estará prohibido que los medios de comunicación ofrezcan datos sobre sondeos a pie de urna. Estos podrán ser publicados a las 20:00, tras el cierre de los colegios.

El recuento de los votos emitidos comenzará nada más cerrar los colegios electorales. eitb.eus ofrecerá el escrutino en directo.

 

Me toca ser miembro de una mesa electoral, ¿me puedo librar?

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) contempla una lista de "causas de impedimento para formar parte de las mesas electorales", en las que distingue entre causas personales, familiares y profesionales.

Así, por ejemplo, la ley ampara a las madres durante el periodo de lactancia hasta que el bebé cumpla 9 meses. También pueden ser motivos para librarse de formar parte de la mesa electoral un embarazo, la boda de un familiar directo, tener menores a su cargo, ser religioso en régimen de clausura y ser sanitario que presta servicios esenciales de vital importancia.

Trabajar ese día y declararse objetor de conciencia son alegaciones que no se admiten para librarse de formar parte de la mesa electoral.

Cuidado con incumplir este deber: quien no acuda incurrirá en un delito electoral, castigado con una pena de prisión de 3 meses a un año o multas de 6 a 24 meses. No es para tomárselo a broma; tener antecedentes penales puede suponer no poder viajar a ciertos países o no obtener ciertas becas.

De todos modos, según recoge la LOREG, la junta electoral de cada territorio puede aceptar o rechazar las causas alegadas para no ser miembro de una mesa electoral. En el caso de que la alegación no sea admitida, el siguiente paso sería presentar el recurso contencioso-administrativo ante el juzgado correspondiente.

 

Me toca ser miembro de una mesa electoral, ¿cuánto voy a cobrar y qué derechos tengo?

Cada presidente y vocal de la mesa electoral recibirá una dieta de 62,61 euros, sin retención fiscal alguna. Además, estás personas están protegidas por la Seguridad Social frente a cualquier problema o situación que se pueda derivar de su participación en las elecciones.

Quienes trabajen el día siguiente tendrán derecho a un permiso retribuido y no recuperable para las cinco primeras horas de su jornada laboral.

 

¿Qué es la Ley D'Hondt?

El Método D'Hondt es el sistema utilizado para la atribución de escaños en función de los resultados del escrutinio. Se realiza conforme a las siguientes reglas:

 

¿Cuándo se constituyen las Cortes elegidas?

El Congreso de los Diputados y el Senado resultantes de las elecciones del 20D se reunirán en sesión constitutiva como fecha límite el 14 de enero de 2016.

 

 

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