Economía -

Sentencia del Supremo

¿Me devolverá Hacienda el IRPF de la prestación de maternidad?

El fallo del TS hace referencia a una ley estatal, mientras que Bizkaia, Álava, Gipuzkoa y Navarra se rigen por sus propias normas forales del IRPF. Tratamos de aclarar si corresponde la devolución.

La sentencia del Supremo dio la razón a una madre madrileña. Foto: Pixabay
Madre con su hijo. Foto: Pixabay
La sentencia del Supremo dio la razón a una madre madrileña. Foto: Pixabay

Eider Garaikoetxea | EITB.EUS

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Euskaraz irakurri: Itzuliko al dit Ogasunak amatasun laguntzaren PFEZaren zenbatekoa?

La noticia saltaba el pasado viernes: El Tribunal Supremo declaraba exentas de IRPF las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social percibidas por las trabajadoras durante las 16 semanas de baja. La sentencia cambiaba el criterio mantenido hasta ese momento por la Agencia Tributaria, y declaraba las cuantías cobradas por dicho impuesto como indebidas.

Desde entonces, miles de madres y padres se preguntan si pueden/deben reclamar la devolución (solo afecta a los últimos cuatro ejercicios fiscales —desde 2014—, al haber prescrito los anteriores), más aún las vascas y navarras, ya que la sentencia del Supremo hace referencia a una ley estatal (la del IRPF de 2006), que tenía una redacción ambigua, abierta a interpretaciones.

En Bizkaia, Gipuzkoa, Álava y Navarra, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) forma parte del ámbito competencial, y por lo tanto, está regulado por leyes forales. Las Diputaciones Forales han venido utilizando el mismo criterio interpretativo que la Hacienda estatal, que consideraba las prestaciones como rendimientos de trabajo no exentas. La sentencia del Supremo tumbó ese criterio, por lo que ahora no está claro si dichas devoluciones corresponden también a las contribuyentes vascas. En Navarra, las prestaciones por maternidad estuvieron exentas hasta el 2012, pero el Gobierno de UPN, con votos a favor de PP y PSN, introdujo un cambio normativo que las excluyó expresamente de la norma.

eitb.eus se ha puesto en contacto con los responsables de Hacienda de los cuatro territorios para aclarar cómo está la situación en cada uno de ellos:

ÁLAVA

Desde la Hacienda alavesa aseguran que la prestación de maternidad se declara desde 2013 en el IRPF como rendimiento de trabajo, al igual que con cualquier baja laboral, por lo que no está exentas.

No siempre fue así; entre 2009 y 2011, la prestación por maternidad/paternidad estuvo exenta en territorio alavés. Sin embargo, en 2010 el Organismo Jurídico de Álava —entidad que media entre los contribuyentes y la Hacienda foral y estudia sus reclamaciones— dio la razón a una mujer que demandó contra la inclusión en su declaración del IRPF de la prestación percibida de la Seguridad Social.

Las Juntas Generales de Álava suprimieron la exención de las prestaciones de maternidad en abril de 2013 para equiparla con Bizkaia y Gipuzkoa.

BIZKAIA

Los servicios jurídicos de la Diputación vizcaína, entre tanto, están "analizando" si la sentencia afecta a la normativa foral.

Según fuentes de la institución, el artículo 9.12 de la norma foral del IRPF de 2013 establece como exentas las prestaciones públicas por maternidad y paternidad percibidas de las Comunidades Autónomas o entidades locales, así como las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto múltiple, adopción, adopción múltiple, hijos a cargo y orfandad.

Desde la Hacienda vizcaína se subraya que informarán a las contribuyentes "tan pronto" aclaren si procede o no realizar las devoluciones.

GIPUZKOA

Desde la Hacienda guipuzcoana se muestran mucho más tajantes. Según las fuentes consultadas, la sentencia del Supremo "no establece jurisprudencia, ya que responde a un único caso". Así, "de momento", en Gipuzkoa las prestaciones de maternidad seguirán declarándose en el IRPF como rendimiento de trabajo y no estarán exentas.

NAVARRA

La modificación de la ley foral del IRPF de 2012, que entró en vigor en 2013, deja "clarísimo y muy atado" que las prestaciones públicas por maternidad no están exentas del impuesto. Por lo tanto, a diferencia de la ambigüedad de la ley estatal, la ley navarra no deja lugar a interpretación, con lo que las navarras que quieran reclamar la devolución lo van a tener "difícil", según confirman fuentes de la Hacienda Navarra.

No obstante, el Gobierno foral aprobó en julio una ayuda para las familias con nuevos hijos que compensará e "incluso mejorará" la no exención de esas prestaciones. Así, los progenitores navarros podrán recibir hasta el 25 % de deducción, porcentaje que irá reduciéndose progresivamente cuanto mayores sean los ingresos (desaparecen a partir de los 105.000 euros anuales).  La ayuda entrará en vigor en 2019.

 

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