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ETA
El TS confirma la condena para Carasatorre por el atentado de Loiola
De este modo, Carasatorre, que ya ha sido condenado por el asesinato en 1995 del concejal del PP Gregorio Ordóñez, ha sido castigado por un delito de atentado.
Redacción
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de seis años de prisión que la Audiencia Nacional impuso al miembro de ETA Juan Ramón Carasatorre, por disparar contra las viviendas del cuartel del Ejército de Loiola de Donostia-San Sebastián en mayo de 1995, una acción que no causó ningún herido.
Carasatorre pidió al alto tribunal que anulara la sentencia de la Audiencia porque consideraba que se le debió aplicar el Código Penal de 1973, cuyas medidas de cálculo de cumplimiento de las penas considera que le benefician, pero el Supremo ha rechazado sus argumentos y confirmado que le corresponde la ley de 1995.
De este modo, Carasatorre, que ya ha sido condenado por el asesinato en 1995 del concejal del PP Gregorio Ordóñez, resulta castigado por un delito de atentado.
Por este delito se le confirma la pena de seis años, así como un mes más por la sustracción de un vehículo, el que usó para trasladarse al cuartel junto con otros dos miembros del Comando Donosti de ETA.
La sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia consideró probado que se puso de acuerdo con los otros dos miembros del comando, también condenados por estos hechos, Valentin Lasarte y Francisco Javier García Gaztelu (Txapote), para atacar el edificio del Ejército de Tierra.