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Petición

La Fiscalía pide absolver al PP en el borrado de los ordenadores de Bárcenas

Un juzgado de Madrid acordó en noviembre abrir juicio contra el PP, su tesorera y su director del sistema informático.

Luis Bárcenas, en foto de archivo. Foto: captura de pantalla de un vídeo de EiTB.
Luis Bárcenas, en foto de archivo. Foto: captura de pantalla de un vídeo de EiTB.
Luis Bárcenas, en foto de archivo. Foto: captura de pantalla de un vídeo de EiTB.

Agencias | Redacción

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Euskaraz irakurri: PPren absoluzioa eskatu du Fiskaltzak, Barcenasen ordenagailuen kasuan

La Fiscalía de Madrid ha pedido la absolución del PP y del resto de acusados en el caso de la destrucción de los ordenadores que el extesorero del partido Luis Bárcenas utilizó en la sede de la formación, han informado fuentes fiscales a Europa Press.

La magistrada del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, Rosa María Freire, dictó el pasado 30 de noviembre la apertura del juicio oral contra la formación política, su tesorera Carmen Navarro, el informático José Manuel Moreno y el abogado de la formación Alberto Durán por los delitos de daños informáticos y de encubrimiento.

Se da la circunstancia de que el extesorero se retiró del procedimiento en septiembre del año pasado y que el Ministerio Público ha solicitado el sobreseimiento y archivo de la causa en reiteradas ocasiones por entender que los hechos investigados no revisten relevancia penal.

La juez instructora señaló, en el auto el que dio por concluida la instrucción, del 26 de julio de 2016, que existían claros indicios de que los documentos de Bárcenas fueron eliminados "a conciencia mediante el sistema de borrado más drástico, el de sobre escritura de 35 pasadas y rayado hasta su destrucción física".

"Ni delito de daños informáticos, ni de encubrimiento"

En el escrito, al que ha tenido acceso Efe, la fiscal Carmen Luciáñez considera que no se ha acreditado ni el delito de daños informáticos ni el de encubrimiento que sostienen las acusaciones populares, por lo que "no existiendo infracción penal alguna", procede "dictar sentencia absolutoria" respecto al PP y a los otros tres procesados.

Según el relato del Ministerio Público, el PP asignó a Bárcenas poco después de cesar como tesorero del partido en 2010 la sala Andalucía de la sede de Génova para su utilización exclusiva y personal, a la que acudió varias veces por semana hasta enero de 2013, cuando la gerente Carmen Navarro le prohibió la entrada.

Aquí guardaba efectos personales y dos portátiles, un Toshiba y un Macintosh, los cuales "no ha podido acreditarse la propiedad de dichos ordenadores ni su forma concreta de adquisición".

Durán y el abogado de Bárcenas conversaron varias veces para que el extesorero acudiera a recoger dichos efectos personales, para desalojar la sala, pero, "al no obtener ninguna respuesta", ordenó en febrero de 2013 que se abriera la sala y se guardaran sus efectos en cajas precintadas, salvo los dos ordenadores que fueron custodiados por el informático, Jose Manuel Moreno.

El 1 de marzo, Bárcenas denunció la apropiación indebida de sus efectos personales y los ordenadores por parte del PP pero el Juzgado de Instrucción 21 de Madrid archivó las actuaciones al afirmar que sus bienes estaban a su disposición para ser entregados, salvo los ordenadores cuya propiedad debía acreditar.

Unos meses después, entre mayo y junio, "Durán ordenó a Moreno que se procediera al borrado y formateo de los discos duros de ambos portátiles para su posterior reasignación" y este último llevó a cabo un protocolo de borrado seguro y guía de almacenamiento, acorde a la Ley de Protección de Datos.

La fiscal recuerda que Bárcenas estaba investigado por la Gürtel y que en su declaración del 15 de julio de 2013, "apartándose del criterio mantenido en sus declaraciones anteriores, manifestó que había datos de contabilidad en ambos ordenadores y en un pendrive que aportó en ese momento" sin precisar la información que contenía el Macintosh puesto que cambió su disco duro en octubre de 2012.

Por todo ello, el Ministerio Público considera que "no ha quedado acreditado cuál era la información que contenían los ordenadores" ni que la información contenida en el pendrive procediera también de esas terminales.

Y añade que tampoco se ha acreditado que dicha información fuera relevante para la investigación de la trama Gürtel ni de ningún otro procedimiento judicial, ni que el borrado y formateo haya causado daño grave a Bárcenas.

Doctrina Botín

La Fiscalía sigue de esta forma la línea defendida por el PP que pidió aplicar la doctrina Botín para evitar sentarse en el banquillo al alegar que la única acusación particular personada en su momento, la del propio Luis Bárcenas, había desistido de seguir ejerciéndola y que el delito de daños informáticos es de carácter privado.

De hecho, solicitó en su momento el sobreseimiento de este caso para el PP y el resto de acusados en contra del criterio de las acciones populares de la Asociación de Abogados Demócratas por Europa, el Observatori Drets Humans y la ejercida conjuntamente por Izquierda Unida, la Asociación Justicia y Sociedade y la Federación Los Verdes, Els Verds, Berdeak, Os Verdes.

La juez acordó la apertura de juicio oral contra el PP y precisó que será en su momento el órgano de enjuiciamiento el que resolverá sobre si procede la aplicación de dicha doctrina si así se plantea.

Esta decisión se produjo una vez la Audiencia Provincial dejó vía libre a la juez para dictar juicio oral al señalar que la versión del extesorero "no resulta inverosímil", que hay dudas sobre la existencia y aplicación de un "protocolo de borrado seguro" -como argumentaron los recurrentes- e indicios de que pudieran intentar borrar datos perjudiciales para los intereses del PP.

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