Política -
Reducción de penas
408 presos salen de prisión tras aprobarse el nuevo Código Penal
La mayoría han sido condenados por delitos de drogas. Estos delitos antes eran castigados con penas de 3 a 9 años, y ahora se rebaja el máximo hasta los 6 años.
Redacción
Más de 400 presos, la mayoría condenados por delitos de drogas, han quedado en libertad en las primeras horas de aplicación del nuevo Código Penal, que ha entrado hoy en vigor y que reduce las penas para el tráfico de drogas a pequeña escala.
En concreto se habían recibido 408 mandamientos de libertad dictados por los tribunales tras examinar una a una las condenas y considerarlas ya cumplidas al aplicar la legislación más favorable al reo que recoge el nuevo Código Penal.
La reforma, que ha beneficiado hasta ahora a estos 408 presos que han obtenido la libertad, reduce las condenas para el tipo básico del delito de tráfico de drogas, que antes era castigado con penas de 3 a 9 años, y ahora se rebaja el máximo hasta los 6 años.
También se reduce la condena para los tipos agravados del tráfico de estupefacientes, antes castigados con entre 9 y 13 años de cárcel y a partir de ahora de 6 a 9, lo que afecta sobre todo a los conocidos como ''mulas'' que introducen droga en España en el interior de su cuerpo.
De las 408 excarcelaciones que se han detallado a primera hora, 61 han tenido lugar o se producirán en Andalucía, 34 en Aragón, una en Asturias, 14 en Baleares, 37 en Canarias, tres en Cantabria, nueve en Castilla-La Mancha, 49 en Castilla y León, una en Ceuta, 40 en Galicia, una en La Rioja, 107 en Madrid, seis en Murcia, una en Navarra, seis en el País Vasco y 39 en la Comunidad Valenciana. Los datos no incluyen los de Cataluña, que tiene competencias penitenciarias.
La revisión de las condenas no se ha realizado de manera automática, sino que, según fuentes jurídicas, ha sido supervisada por los jueces y fiscales correspondientes.
El nuevo Código Penal ha recogido las demandas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Consejo Fiscal, el Consejo de Estado y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que consideran que "se trata de distinguir entre ''mulas'' y ''capos''".