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Cataluña

Junqueras y Romeva saldrán de prisión tres días a la semana para trabajar

Siete de los nueve presos del 'procés' pueden salir algunos días por trabajo y voluntariado.

El exvicepresidente del Govern y líder de ERC, Oriol Junqueras. Foto: Efe
El exvicepresidente del Govern y líder de ERC, Oriol Junqueras. Foto: Efe
El exvicepresidente del Govern y líder de ERC, Oriol Junqueras. Foto: Efe

agencias | redacción

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Euskaraz irakurri: Junqueras eta Romeva espetxetik aterako dira lan egitera astean hiru egunetan

La Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Lledoners, en Sant Joan de Vilatorrada (Barcelona), ha acordado este jueves permitir que el exvicepresidente del Govern y líder de ERC, Oriol Junqueras, y el exconseller Raül Romeva puedan salir de la cárcel tres días a la semana para trabajar.

Según ha informado la Secretaría de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima, les aplican el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario que permite flexibilizar el régimen en la cárcel, y con ellos ya son siete los líderes independentistas a los que se les aplica esta medida.

Junqueras y Romeva, condenados el 14 de octubre de 2019 a 13 y 12 años, respectivamente, por un delito de sedición por el Tribunal Supremo, podrán estar seis horas al día, tres días entre semana, fuera del centro penitenciario para acudir a trabajar.

Hasta ahora, habían obtenido el 100.2 el exconseller Quim Forn, con salidas de cinco días a la semana 12 horas y media para ir a trabajar; la exconsellera Dolors Bassa, tres días durante ocho horas para cuidar a un familiar, y el expresidente de la ANC y exdiputado de JxCat, Jordi Sànchez, que puede salir tres días 11 horas para voluntariado.

Asimismo, las juntas de tratamiento han aplicado el 100.2 a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, tres días a la semana nueve horas para cuidado de un familiar y voluntariado, y el presidente de Òmnium, Jordi Cuixart, 9 horas y media cinco días por trabajo y voluntariado, mientras que no se les ha aplicado a los exconsellers Josep Rull y Jordi Turull.

El 100.2 es de aplicación inmediata aunque es obligatoria su comunicación al juzgado de vigilancia penitenciaria, que informa a la Fiscalía para que fije su posicionamiento, y posteriormente el juez decide si lo ratifica o lo rechaza, una decisión que puede ser recurrida por el Ministerio Público, y que tiene como última instancia la Audiencia de Barcelona.

La Fiscalía ya se ha posicionado respecto a la aplicación del 100.2 en el caso de Forn, Cuixart y Sànchez, oponiéndose a su concesión en los tres casos, ya que considera que se enmarca en un plan para otorgarles "de forma generalizada un régimen de semilibertad".

 

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