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El TSJC dice que mantiene el 14F para dar estabilidad institucional en la pandemia

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña quiere "preservar la normalidad democrática" y evitar una "situación de bloqueo y precariedad institucional" que afecte al Govern en la pandemia.

Parlamento de Cataluña, vacío. Foto: Efe
Parlamento de Cataluña, vacío. Foto: Efe
Parlamento de Cataluña, vacío. Foto: Efe

agencias | eitb media

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Euskaraz irakurri: Auzitegiak dio pandemian egonkortasuna izateko eutsi diola otsailaren 14ko datari

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha argumentado que mantiene provisionalmente las elecciones catalanas el 14F para "preservar la normalidad democrática" y evitar una "situación de bloqueo y precariedad institucional" que afecte a la legitimidad del Govern en plena pandemia.

En un auto, que cuenta con un voto particular, la sala contenciosa del TSJC expone los motivos por los que ayer acordó mantener la suspensión del aplazamiento de las elecciones al 30 de mayo próximo, aprobado por el Govern en un decreto del pasado viernes.

Tras recalcar que el TSJC no obliga a votar "irreversiblemente el día 14 de febrero" ni ha fijado esa fecha, el auto admite que de aquí al día de las elecciones pueden darse "cambios sustanciales" tanto en el estado de alarma como en el ámbito sanitario que pudieran llevar a las "autoridades competentes" a adoptar otra decisión, de acuerdo con las nuevas circunstancias.

Tras recordar que el 14F deriva de una "disolución automática" del Parlament por la ausencia de un candidato a la presidencia de la Generalitat, el TSJC sostiene que la convocatoria electoral tiene "un interés público especialmente intenso, pues pone en marcha un mecanismo basilar para garantizar la continuidad en el normal funcionamiento de las instituciones".

Ese "interés público", según el TSJC, aumenta desde el momento en que el cargo de jefe del ejecutivo, "pilar del gobierno autonómico", está vacante, dado que "no hay presidente o presidenta en funciones sino que dichas funciones las ejercía el vicepresidente por sustitución", cuyas competencias son "limitadas".

El hecho de que el gobierno esté en funciones, en opinión del TSJC, "afecta nuclearmente al principio democrático de responsabilidad política": sus miembros "son inamovibles, porque nadie les puede cesar, el control político resulta limitado y la actividad legislativa se materializa sustancialmente por la limitada vía del decreto-ley o legislación de urgencia".

La Generalitat cree que no se cuestiona la validez jurídica del aplazamiento

Tras conocer los argumentos del TSJC, el Govern ha considerado que el auto "no cuestiona la potestad de la Generalitat de posponer las elecciones" del 14F por la pandemia.

La Generalitat también deduce que el tribunal "no cuestiona en ningún momento la validez jurídica del decreto de suspensión, ni la competencia del vicepresidente en funciones de president para firmarlo", en alusión a Pere Aragonès.

El Govern insiste en que el 30 de mayo "es la mejor opción para celebrar unas elecciones con todas las garantías posibles".

El TSJC ha abierto un plazo de cuatro días para que las partes recurrentes puedan formular una demanda, que concluye a las 14:00 horas del 28 de enero, víspera del inicio de la campaña electoral, y como muy tarde el 3 de febrero se abrirá el plazo para que la Generalitat pueda contestar, hasta el día 5.

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