Desahucios -

La ley española, ilegal

¿Qué cambia la sentencia europea en los desahucios?

A partir de ahora, los jueces podrán paralizar desahucios si consideran que alguna cláusula del contrato hipotecario es abusiva para el consumidor.

Una concentración contra los desahucios en Barakaldo. EFE
Una concentración contra los desahucios en Barakaldo. EFE
Una concentración contra los desahucios en Barakaldo. EFE

Redacción

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La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que ha declarado ilegal y abusiva la ley hipotecaria española ha abierto la puerta a que los jueces intervengan en el procedimiento y puedan parar los desahucios en determinadas circunstancias.

Aunque se esperaba un fallo de la corte de Luxemburgo en este sentido, la confirmación oficial ha irrumpido de lleno en el debate sobre la reforma de algunos aspectos de la legislación hipotecaria española y el alcance de la misma, una tarea que ya habían comenzado el Gobierno y el Parlamento.

La legislación vigente en España impide a un juez que es competente para declarar abusiva una cláusula de un contrato de préstamo hipotecario suspender el procedimiento de ejecución que se ha iniciado por otra vía.

Si finalmente el juez declara nula alguna cláusula de un contrato por considerarla abusiva, su decisión solo protege al consumidor a posteriori, mediante una indemnización, cuando ya ha perdido su vivienda.

Para la justicia europea este procedimiento menoscaba la efectividad de la protección de los consumidores, mientras que la indemnización que se pudiera recibir es "incompleta e insuficiente, y no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de esas cláusulas".

Tras la decisión del tribunal europeo España tiene que modificar algunos aspectos de su legislación, una tarea que ya estaba iniciada a través de los proyectos de ley sobre protección a deudores hipotecarios y de paralización de desahucios y que el PP, que tiene una holgada mayoría absoluta en el Congreso, decidió parar a la espera de esta sentencia.

Según ha explicado el juez que elevó el caso al Tribunal de la UE, José María Fernández Seijo, a partir de ahora los jueces podrán tutelar de oficio los procesos de ejecución hipotecaria, lo que permitirá dar protección a los consumidores y detener un desahucio si se observan cláusulas abusivas.

Asimismo, el experto en derecho registral y mercantil, Fernando Pedro Méndez González, ha explicado a EFE que el hecho de que un juez pueda intervenir de oficio tendrá consecuencias adicionales a los procesos judiciales.

A su juicio, desde ahora las entidades financieras tendrán que ser mucho más cuidadosas a la hora de redactar los contratos hipotecarios y habrá un mayor nivel de negociación entre deudor y acreedor en las ejecuciones en marcha, aunque, en su opinión, la clave será diseñar trámites rápidos que permitan examinar si existen cláusulas abusivas.

En el lado negativo, Méndez ha señalado que es muy posible que se produzca una aumento de los tipos de interés que se pagan por las hipotecas.

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