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La Fiscalía rechaza que el caso de suicidio asistido sea violencia machista

La Fiscalía y Ángel Hernández, el hombre que ayudó a morir a su mujer, recurrirán la decisión del juez de Madrid que ha dejado el caso en manos de un juzgado de violencia machista.

Ángel Hernández, el hombre que ayudó a morir a su mujer. Foto: EFE
Ángel Hernández, el hombre que ayudó a morir a su mujer.
Ángel Hernández, el hombre que ayudó a morir a su mujer. Foto: EFE

AGENCIAS | REDACCIÓN

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Euskaraz irakurri: Fiskaltza: 'Emazteari hiltzen lagundu zion gizonaren kasua ez da indarkeria matxista'

La Fiscalía y Ángel Hernández, el hombre que ayudó a morir a su mujer, María José Carrasco, recurrirán la decisión del juez de Madrid de inhibirse a favor de un juzgado de Violencia contra la Mujer, al entender que las circunstancias del caso "excluyen" la violencia machista.

En rueda de prensa, la fiscal de sala de violencia machista, Pilar Martín Nájera, ha dicho que no comparte "ni la decisión ni los argumentos" del titular del Juzgado de Instrucción número 25 de Madrid, que decidió el miércoles inhibirse en la causa del suicidio asistido de Carrasco, enferma de esclerosis múltiple, que la pasada semana se quitó la vida con la ayuda de su marido.

Según Martín Nájera, el juez ha hecho una "valoración sesgada" de las sentencias en las que se ha apoyado para tomar su decisión, lo que ha achacado a que no está especializado en los delitos tipificados como violencia de género, que se deben cometer en un contexto de "dominación, humillación y discriminación".

La fiscal considera que estas circunstancias no se han producido en la muerte de María José, quien reiteradamente y públicamente había manifestado su voluntad de morir.

Tras la muerte de Carrasco, Ángel Hernández fue detenido y pasó a disposición de la jueza que estaba de guardia, en el 36 de Madrid, que decidió dejarlo en libertad sin medidas cautelares investigado por un delito de auxilio o cooperación al suicidio.

Esa jueza se inhibió en el número 25, que es el que se encontraba de guardia de diligencias el día de los hechos y procedió al levantamiento del cadáver.

El delito que se le imputa sigue siendo el de auxilio o cooperación al suicidio, tipificado en el artículo 143 del Código Penal y que contempla penas que van desde los dos hasta los diez años de prisión.

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