Sociedad -

Primer estado de alarma

El TC declara inconstitucional el confinamiento domiciliario

El alto tribunal ha considerado, en un fallo adoptado por la mínima (6 votos contra 5), que el confinamiento domiciliario solo se puede adoptar bajo un estado de excepción.

La plaza del Castillo, en Pamplona, vacía, durante el confinamiento. Foto: EFE
La plaza del Castillo, en Pamplona, vacía, durante el confinamiento.
La plaza del Castillo, en Pamplona, vacía, durante el confinamiento. Foto: EFE

Agencias | EITB MEDIA

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Euskaraz irakurri: Espainiako Gobernuak ezarritako etxeko konfinamendua baliogabetu du Konstituzionalak

El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado inconstitucional el confinamiento domiciliario de marzo de 2020 adoptado por el Gobierno español, dentro del primer estado de alarma. El alto tribunal estima, por tanto, parte del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Vox contra el real decreto, y declara nula la limitación del desplazamiento de personas y vehículos que fijaba la norma, así como la capacidad del Ministerio de Sanidad para modificar y ampliar las medidas de contención en la actividad comercial.

La resolución ha salido adelante tras una votación muy ajustada, de seis votos a favor y cinco en contra. Han formulado votos particulares el presidente Juan José González Rivas y los magistrados Andrés Ollero, Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido y María Luisa Balaguer.

Tras varios plenos de deliberación, finalmente el voto de la vicepresidenta, Encarnación Roca, ha sido decisivo para inclinar la balanza a favor de los cinco magistrados —todos ellos del bloque conservador— que han estimado parcialmente el recurso de Vox.

En concreto, el tribunal de garantías ha declarado inconstitucionales y nulos los puntos 1,3 y 5 del artículo 7 del decreto ley, relativos a la libertad de circulación de personas y vehículos en espacios y vías públicas.

También ha declarado inconstitucional que se habilitara al Ministerio de Sanidad para "modificar" o "ampliar" las medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales y actividades recreativas, así como las actividades de hostelería y restauración.

De esta forma, la mayoría del tribunal ha votado a favor de la ponencia del magistrado Pedro González Trevijano, quien estimó el recurso del partido ultraderechista sobre la inconstitucionalidad del estado de alarma.

Tanto la sentencia como los previsibles votos particulares se conocerán en los próximos días.

El Gobierno español esperaba otro fallo

El Gobierno español ha mostrado su sorpresa por la decisión del Tribunal Constitucional y ha insistido en que el estado de alarma fue "legal e imprescindible" para frenar la pandemia.

Por su parte, el líder de Vox, Santiago Abascal, cree que el Constitucional ha demostrado que "la mayor vulneración de derechos de la historia fue inconstitucional" y ha subrayado que su partido fue el único en oponerse y el único que hace oposición a un Gobierno "instalado en la ilegalidad en el abuso de poder".

Respeco a esta cuestión, fuentes del Ejecutivo de Pedro Sánchez han recordado que la formación ultraderechista "votó a favor del estado de alarma cuando este fue presentado por primera vez ante el Congreso".

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