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Sanciones

¿Qué hacer para tramitar la devolución de las multas impuestas durante el estado de alarma?

La devolución se realizará a través de un formulario muy sencillo que se podrá descargar, rellenar y enviar en formato digital a través de la página web del Gobierno Vasco.

Este martes comienzan a devolver las multas impuestas durante el estado de alarma. Foto: EFE
Este martes comienzan a devolver las multas impuestas durante el estado de alarma. Foto: EFE
Así se tramita la devolución de las multas impuestas durante el estado de alarma

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EITB MEDIA

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Euskaraz irakurri: Zer egin alarma-egoeran ezarritako isunak itzultzeko?

La devolución de las multas impuestas durante el estado de alarma se realizará a través de un formulario muy sencillo que se podrá descargar, rellenar y enviar en formato digital a través de la página web del Gobierno Vasco, www.euskadi.eus, entregarlo en las oficinas de atención ciudadana de Zuzenean, en los registros de cualquier órgano de la Administración del Estado, de las comunidades autónomas, o de la Administración Local, envío a través de Correo certificado...

El vicelehendakari primero y consejero de Seguridad, Josu Erkoreka, anunció que el Gobierno Vasco devolvería el importe de las 8392 multasabonadas por la ciudadanía, denunciada por la Ertzaintza y la Policía Municipal por incumplimientos de la normativa, durante el primer y segundo estado de alarma.

En concreto, las sanciones cobradas, en su inmensa mayoría por el procedimiento del "pronto pago", ascienden a 2 550 535 euros.

El primer Estado de Alarma decretado por la pandemia del coronavirus en el Estado español duró desde el 14 de marzo  al 21 de junio de 2020. En ese periodo, la Ertzaintza y las Policías locales de la Comunidad Autónoma Vasca interpusieron 22 957 denuncias ligadas a la normativa de dicho estado de alarma.

El 14 de julio de 2021 el Tribunal Constitucional sentenció por seis votos contra cinco que el Estado de Alarma decretado por el Gobierno español en marzo de 2020 fue inconstitucional porque para ordenar el confinamiento se tendría que haber declarado el Estado de Excepción.

¿Qué multas va a devolver el Gobierno Vasco?

Las que se impusieron por la Ertzaintza o Policía Municipal por desobediencia a las restricciones decretadas por la autoridad en los estados de alarma que estuvieron vigentes entre el 14 de marzo y el 21 de junio de 2020, y entre el 25 de octubre de 2020 y el 9 de mayo de 2021, salvo de las Policías Locales de Bilbao, Vitoria-Gasteiz y Barakaldo, porque los procedimientos correspondientes los han tramitado susrespectivos ayuntamientos.

¿Se van a devolver las multas impuestas por las autoridades sanitarias?

No.

Para que me devuelvan la multa ¿tengo que hacer alguna solicitud o algún otro trámite?

No tiene que hacer ninguna solicitud. Recibirá una carta en la que se le explicará que debe cumplimentar con sus datos personales y bancarios un formulario que le permitirá darse de alta en el Registro de Terceros del Gobierno Vasco. Ese es el único trámite necesario para que se le pueda reintegrar su importe y para cumplimentarlo únicamente precisará un DNI o un NIE y una cuenta bancaria. Si no dispone de ellos, no se le podrá abonar el importe de la multa.¿Puedo rellenar ese formulario tanto en papel como de forma electrónica?

De ambas maneras. A tal efecto, la carta irá acompañada de un formulario impreso para que pueda cumplimentarlo en papel y de la referencia de una web en la que se encontrará ese formulario digitalizado para que pueda hacerlo de forma electrónica en las siguientes webs: https://www.euskadi.eus/zehapena_isuna/herritarren-segurtasuna/web01-tramite/eu, https://www.euskadi.eus/multa_sancion/seguridad-ciudadana/web01-tramite/es.

¿En qué orden se van a reintegrar los importes de las multas?

Se van a remitir las cartas con los códigos para identificarse y poder cumplimentar el alta de terceros siguiendo el orden del número de expediente. Primero, los del estado de alarma declarado en marzo de 2020 y después los del declarado en octubre de ese mismo año. El importe de las multas se reintegrará conforme se disponga de los datos bancarios. Cuanto antes cumplimente el alta de terceros, antes cobrará dicho importe.

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