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El Gobierno Vasco concede la autorización administrativa al parque eólico de Azazeta

La resolución explicita que el proyecto deberá adaptarse a todas las correcciones indicadas y establece en dos años el plazo para la puerta en marcha del parque eólico.

Imagen de Azazeta. Foto: Antonio Ortiz de Zarate
Imagen de Azazeta
Imagen de Azazeta. Foto: Antonio Ortiz de Zarate

AGENCIAS | EITB MEDIA

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Euskaraz irakurri: Azazetako parke eolikoa eraikitzeko baimena eman du Jaurlaritzak

El Gobierno Vasco ha concedido la autorización administrativa previa al parque eólico de Azazeta (Álava) aunque deberán llevarse a cabo algunas mejoras ambientales en este proyecto, que afecta a los municipios de Bernedo, Arraia-Maeztu, Alegría-Dulantzi, Iruraiz-Gauna y San Millán.

El Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) publica este lunes la resolución del delegado territorial de Administración Industrial de Álava en la que se concede la citada autorización a la promotora Aixeindar, una sociedad constituida en 2019 por el Ente Vasco de la Energía (40 %) e Iberdrola (60 %).

La autorización indica que desde el inicio de la tramitación ya se han incorporado diversas medidas correctoras al proyecto, que incluye la instalación de ocho aerogeneradores con una potencia bruta de 40 MW, y ahora deben añadirse otras encaminadas también a reducir su impacto ambiental.

Así, será necesario reubicar tres aerogeneradores que están próximos aunque fuera de la red de espacios naturales protegidos, y mejorar la protección de la flora para lo que se soterrará parte del trazado de la línea de media tensión y se evitará la tala innecesaria de árboles, entre otras cuestiones.

También se mejorará la protección a la fauna con la instalación por ejemplo de sistemas de disuasión acústica y parada de los aerogeneradores, de medidas contra la electrocución y la colisión en el tendido eléctrico, y del despliegue de "sistemas salvapájaros" en todos los conductores eléctricos.

La resolución del Gobierno Vasco explicita que el proyecto deberá adaptarse a todas las correcciones indicadas y establece en dos años el plazo para la puerta en marcha del parque eólico. La autorización del Ejecutivo puede ser recurrida en el plazo de un mes ante la propia Administración autonómica.

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