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Sentencia

Un Juzgado ordena a los Franco que efectúen la devolución del Pazo de Meirás

Tribunal Superior de Xustiza de Galicia rechaza que se le otorgase a título personal y lo declara como propiedad del Estado.

Imagen de archivo del Pazo de Meiras. Foto: Wikipedia
Imagen de archivo del Pazo de Meiras.
Los Franco deberán devolver el Pazo de Meirás al Estado

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AGENCIAS | REDACCIÓN

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Euskaraz irakurri: Franco familiak Meirasko jauregia Estatuari itzultzea eskatu du Coruñako epaitegiak

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha estimado íntegramente la demanda para la devolución del Pazo de Meirás interpuesta por el Estado, al que declara propietario del inmueble, según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). También condena a la familia Franco a su devolución sin ser indemnizada por los gastos en los que afirma haber incurrido para el mantenimiento de la propiedad.

En el procedimiento, la Xunta de Galicia, los ayuntamientos de Sada y A Coruña y la Diputación coruñesa defendieron también la postura de la Abogacía del Estado, mientras que como demandados constaban seis familiares de Francisco Franco y una sociedad limitada.

La magistrada Marta Canales declara en la sentencia la nulidad de la donación efectuada en 1938 de "la finca denominada Torres o Pazo de Meirás al autoproclamado jefe del Estado, Francisco Franco Bahamonde, por carecer del requisito esencial de forma".

 En relación a este fundamento, aclara la jueza que, el mismo año en que se efectúa la donación, se constituye una Junta Pro Pazo "del Caudillo" para comprar y regalar el Pazo de Meirás "al Generalísimo de los Ejércitos y Jefe del Estado Nacional". "Su nombre era Francisco Franco Bahamonde, pero no se le regala a él por sí mismo, sino al jefe del Estado", añade respaldando los argumentos de los demandantes y rechazando los de la parte demandada.

Alegaciones de los Franco

Las alegaciones de los demandados en relación a la intención de las vendedoras, que querían que el pazo se regalase a Franco a título personal, "no se comparten", dice la sentencia, donde se concluye que la literalidad de los documentos sobre la compra del pazo y posterior donación "no arroja dudas", pues todos se refieren "al caudillo".

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