Sociedad -
Tras el incendio
Bizkaia aprueba medidas fiscales para los afectados de Bermeo
El decreto aprobado hoy en las Juntas Generales recoge la exención en 2013 de cuotas de IBI, del Impuesto de Actividades Económicas y aplazamientos de deudas tributarias.
Redacción
Las Juntas Generales de Bizkaia han aprobado, en el pleno ordinario de este miércoles, por unanimidad, un decreto de medidas fiscales urgentes para paliar los daños ocasionados por el incendio registrado el pasado 11 de abril en Bermeo, que contempla la exención durante el ejercicio 2013 de las cuotas de los impuesto sobre Bienes Inmuebles, Actividades Económicas, así como el aplazamientos de deudas tributarias.
En su intervención, el diputado foral de Hacienda y Finanzas, José María Iruarrizaga, ha indicado que este decreto tiene como objetivo "paliar y contribuir al restablecimiento gradual de la normalidad para las personas afectadas por el incendio", que provocó el derrumbamiento total de tres edificios, afectó a otros ocho y dejó a 35 familias sin hogar.
Mediante este decreto, se concede exención, durante el ejercicio 2013, de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana que afecten a viviendas, establecimientos industriales y mercantiles, garajes, locales de trabajo y similares situados en el área del incendio.
También se concede una exención en la cuota del Impuesto sobre Acitividades Económicas del ejercicio 2013 a las actividades industriales, mercantiles y profesionales cuyos locales de negocio situados en el área del incendio o bienes afectos a esa actividad hayan sido dañados por el fugo.
Asimismo, las deudas tributarias cuyo periodo voluntario de ingreso finalice entre la entrada en vigor de este decreto y el 31 de diciembre de 2013 podrán ser aplazadas, sin garantía ni intereses de demora, hasta el 25 de junio de 2014. Los aplazamientos se concederán por orden foral del diputado de Hacienda y Finanzas, que tendrá en cuenta el importe de los daños o de las pérdidas por inactividad sufridas por los afectados, de acuerdo a la acreditación de los mismos efectuada por el Ayuntamiento.
Además, los contribuyentes del IRPF que ejerzan actividades económicas, con independencia del método utilizado para la determinación de su rendimiento neto, que hayan resultado afectados por el incendio en el desarrollo de las mismas, no estarán obligados a autoliquidar e ingresar en la Hacienda foral de Bizkaia los pagos fraccionados correspondientes al año 2013 que procediere, en su caso, efectuar.
Otras medidas de carácter fiscal que contempla el decreto aprobado son la reducción de los signos, índices y módulos en el Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre el Valor Añadido.