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La Fiscalía propone penas alternativas a la cárcel en los casos de delitos de odio

La Fiscalía General del Estado argumenta que la propuesta de reforma busca que las penas impuestas por delitos de odio cometidos en las redes sociales sean "más proporcionales".

Sede de la Fiscalía General del Estado en Madrid. Foto de archivo: EFE
Sede de la Fiscalía General del Estado en Madrid. Foto de archivo: EFE
Sede de la Fiscalía General del Estado en Madrid. Foto de archivo: EFE

AGENCIAS | REDACCIÓN

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Euskaraz irakurri: Espetxea ez beste zigorrak proposatu ditu Fiskaltzak gorroto delitu auzietarako

La Fiscalía General del Estado propone una modificación "del severo régimen punitivo" previsto en el artículo 510 del Código Penal -cuyas penas pueden alcanzar los 4 años de prisión- para las personas condenadas por cometer delitos de odio a través de las redes sociales.

Esta es una de las propuestas de reforma legislativa que la institución incluye en la Memoria correspondiente al ejercicio 2017, que ha presentado este lunes 10 de septiembre con motivo de la apertura del Año Judicial.

De este modo, sugiere la posibilidad de que se contemplen también de forma alternativa, bien penas de prisión de inferior duración a las ya previstas, o penas diferentes a la cárcel. Por ejemplo, el Ministerio Fiscal propone imponer a los condenados multas, pérdida de derechos políticos, o trabajos en beneficio de la comunidad relacionados con el delito cometido y que "permitan su reinserción social mediante el conocimiento y la aceptación de sus víctimas".

En este sentido, la Fiscalía General del Estado apunta, por ejemplo, la obligación de visitar uno o más memoriales del Holocausto o desempeñar actividades en entidades y colectivos que representan a las víctimas.

"La propuesta de reforma está pensada con el fin de introducir un mayor respeto al principio de proporcionalidad de las penas en aquellos supuestos de difusión pública de mensajes o contenidos que, si bien objetivamente de forma pública fomentan, promueven o incitan, directa o indirectamente, al odio, la hostilidad, la discriminación o la violencia, no obstante, por su contexto, contenido, ausencia de reiteración o características o circunstancias personales del autor, tienen menor entidad y no han de tener un reproche tan elevado", argumenta.

Según explica la Fiscalía, "la experiencia demuestra que muchos de estos casos" son cometidos por personas no pertenecientes a grupos u organizaciones criminales, y que "una buena parte de los autores de estos hechos, cuando se logra su identificación, están dispuestos a reconocer los hechos".

Considera "necesario" realizar una adecuada ponderación entre el ejercicio de las libertades de opinión, información o expresión -incluida la cultural, artística o humorística-, y el carácter delictivo de aquellas conductas que "implican una incitación a la comisión de hechos discriminatorios o de humillación a las víctimas o exaltación de sus autores".

Así lo pone de manifiesto la institución en la Memoria correspondiente al ejercicio 2017, donde advierte de un "progresivo aumento" de los delitos de odio, facilitado por el uso de Internet y las redes sociales, "y su particular gravedad desde la perspectiva del deterioro de los valores democráticos".

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