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Las terrazas de hostelería no requerirán el pasaporte covid

El Gobierno Vasco ha precisado, asimismo, que el pasaporte covid no será necesario en txokos, sociedades gastronómicas, comedores laborales, en iglesias durante la práctica religiosa ni en las cafeterías al comprar productos para llevar.

La ampliación de la obligatoriedad del certificado covid ha generado dudas. Foto: EITB Media
La ampliación de la obligatoriedad del certificado covid ha generado dudas. Foto: EITB Media
¿Dónde hay que mostrar el certificado covid y dónde no?

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agencias | eitb media

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Euskaraz irakurri: Covid ziurtagiria ez da tabernetako terrazetan eskatuko

El Departamento de Salud del Gobierno Vasco ha aclarado que la obligación de presentar el certificado covid en determinados lugares no incluye a las terrazas exteriores de los locales hosteleros, ya que la exigencia se limita a los lugares cerrados.

El Gobierno Vasco ha actualizado un documento con respuestas a algunas preguntas que han surgido desde que el pasado miércoles entrara en vigor el decreto del lehendakari, Iñigo Urkullu, que amplió la obligatoriedad del pasaporte covid para acceder a bares, restaurantes, hospitales, residencias, gimnasios, polideportivos y espectáculos culturales, entre otros.

La exigencia de este documento no afecta al personal de los establecimientos de hostelería, y tampoco a los proveedores que acudan al local por motivos de trabajo.

El Gobierno Vasco precisa que el pasaporte covid no será necesario en txokos, sociedades gastronómicas, comedores laborales, en iglesias durante la práctica religiosa ni en las cafeterías al comprar productos para llevar.

En el caso de negocios combinados, como las panaderías que también son cafeterías, el certificado solo se puede exigir si se va a consumir en el establecimiento, pero no si se compra algún producto o se pide comida o bebida para llevar.

Tampoco se requiere para acceder a los centros comerciales, con la excepción de los locales que haya en su interior en los que se consuma.

El documento recuerda que es necesario presentar el DNI o documento oficial acreditativo junto con el certificado y que los titulares de los establecimientos deberán impedir el acceso a quienes no lo hagan y, en el caso de que los usuarios no respeten esta medida, podrán llamar a la Ertzaintza o guardias urbanas.

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