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SENTENCIA

Un juzgado reconoce como accidente laboral un lumbago ocurrido en el vestuario

La sentencia del TSJPV alude al episodio de lumbalgia que una auxiliar de enfermería del Hospital de Cruces padeció el 16 de agosto de 2017 en el vestuario, justo antes de comenzar su turno.

Exterior del Hospital de Cruces. Imagen obtenida de un vídeo de ETB
Exterior del Hospital de Cruces
Exterior del Hospital de Cruces. Imagen obtenida de un vídeo de ETB

AGENCIAS | REDACCIÓN

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Euskaraz irakurri: Epaitegi batek lan-istripu gisa onartu du aldagelan gertatutako lunbalgia bat

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha reconocido como accidente laboral el ataque de lumbago de una auxiliar de enfermería producido en el vestuario justo antes de comenzar su turno en el Hospital de Cruces, según ha informado CCOO Euskadi a través de un comunicado.

La sentencia alude al episodio de lumbalgia que una trabajadora padeció el 16 de agosto de 2017. Ese día, la auxiliar de enfermería en el Hospital de Cruces sufrió el referido episodio de lumbalgia en el vestuario del hospital media hora antes de comenzar su turno de trabajo, cuando se estaba poniendo el uniforme y concretamente al estirarse para ponerse un calcetín, ha informado la central sindical.

Como consecuencia de la dolencia, la trabajadora tuvo que estar de baja entre el 16 de agosto y el 26 de septiembre de 2017, periodo que la sentencia estima que ha de ser reconocido como incapacidad por accidente de trabajo y no por enfermedad común.

La resolución judicial considera en primer lugar el vestuario como un lugar de trabajo en el que se estaba llevando a cabo una previa y "absolutamente necesaria" fase de preparación para el desarrollo laboral, en la medida en que existe la obligación de llevar un determinado uniforme en el puesto de trabajo.

En este sentido la sentencia estima que la patología sufrida presenta una "conexión clara" con la ejecución de su desempeño laboral, y establece textualmente que "basta con que haya cierto grado de concurrencia causal, sin que sea necesario que el trabajo sea la causa mayor, próxima o exclusiva de la patología".

Tras conocer la sentencia, el responsable de salud laboral de CCOO de Euskadi, Alfonso Ríos, ha censurado la actitud de la mutua Mutualia, que en todo momento ha "intentado eludir sus responsabilidades y no pagar el importe de la baja".

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