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Tribunal Supremo

El Supremo ordena repetir el juicio por el caso Bateragune

Ha acordado por unanimidad que se juzgue de nuevo a Arnaldo Otegi, Rafa Díez, Sonia Jacinto, Miren Zabaleta y Arkaitz Rodríguez en la Audiencia Nacional.

Rafa Diez Usabiaga, Arkaitz Rodríguez, Sonia Jacinto y Miren Zabaleta. Foto de archivo: EFE
Rafa Diez Usabiaga, Arkaitz Rodríguez, Sonia Jacinto y Miren Zabaleta. Foto de archivo: EFE
El Supremo ordena repetir el juicio por el caso Bateragune

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Agencias | Redacción

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Euskaraz irakurri: Bateragune auziaren epaiketa errepikatu ala ez aztertuko du gaur Gorenak

El Tribunal Supremo ha acordado este lunes por unanimidad que se celebre un nuevo juicio por el caso Bateragune, por intentar reconstruir Batasuna.

El Pleno de la Sala Segunda del alto tribunal sigue el criterio de la Fiscalía que solicitó repetir el juicio después de que hace unos meses el Supremo anulase la condena de 6 años y medio de cárcel que se les impuso en 2012 a Arnaldo Otegi, Rafa Díez, Sonia Jacinto, Miren Zabaleta y Arkaitz Rodríguez en aplicación de una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

La decisión se ha adoptado por el Pleno de la Sala, compuesto por 16 magistrados, en cumplimiento del art. 4.2 del protocolo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que excluye la prohibición de doble enjuiciamiento en supuestos como el que ahora se resuelve.

La sentencia -de la que es ponente Miguel Colmenero y cuyo contenido se conocerá en los próximos días- coincide con la posición del Ministerio Fiscal que pidió celebrar un nuevo juicio para evitar que los hechos quedaran imprejuzgados ya "que un defecto procesal no puede convertirse en una exención penal", tras el fallo del TEDH.

Otegi y el exdirigente sindical abertzale Rafael Díez Usabiaga fueron condenados por la Audiencia Nacional a 10 años de prisión por pertenencia o integración en organización terrorista y otros tantos de inhabilitación, mientras que al resto -Miren Zabaleta, Sonia Jacinto y Arkaitz Rodríguez- les impuso 8 años de cárcel.

Al revisar la sentencia, el Supremo rebajó las penas a entre 6 y 6 años y medio, un fallo que más tarde avaló el Tribunal Constitucional; no así el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, que acabó dando la razón a los condenados al estimar que se vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos por falta de imparcialidad de una magistrada que les juzgó.

En el origen del recurso al TEDH está la respuesta que dio la magistrada Ángela Murillo cuando Otegi, en la vista de una causa anterior, no quiso contestar si condenaba la violencia: "Ya sabía yo que no me iba a responder a esa pregunta". A lo que Otegi replicó: "Yo también sabía que lo iba a preguntar".

Otegi, que salió de prisión en marzo de 2016, recurrió la parcialidad de Murillo en este juicio, y el Supremo le dio la razón, pero no ocurrió lo mismo con respecto a la recusación de la jueza en la causa de Bateragune.

Para Estrasburgo, aceptar la primera recusación de la jueza por parcialidad contra Otegi en un caso y rechazarla en otro procedimiento diferente contra él solo unos meses después vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Los juristas consultados creen que no se dan las condiciones para repetir el juicio
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