Sociedad -

Día internacional de la mujer

Prohíben todas las marchas del 8M en Madrid

El TSJM ha confirmado la prohibición, al apreciar "alto riesgo" de contagio y primar el derecho "a la salud, la integridad física y la vida de las personas" al de reunión.

Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Foto: EFE
Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Foto: EFE
Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Foto: EFE

E. L. | EiTB Media

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Euskaraz irakurri: M8ko mobilizazio guztiak debekatu dituzte Madrilen

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la prohibición de todas las manifestaciones convocadas para este lunes por el Día de la Mujer en Madrid, al apreciar "alto riesgo" de contagio y primar el derecho "a la salud, la integridad física y la vida de las personas" al de reunión.

Así lo acuerda el TSJM en cinco nuevas resoluciones notificadas esta tarde que rechazan el mismo número de recursos presentados por sindicatos y organizaciones feministas contra la prohibición acordada por la Delegación de Gobierno en Madrid, aplicando el mismo criterio que en los otros tres recursos desestimados anoche para celebrar actos este domingo.

Los jueces indican en las resoluciones que el derecho de reunión no es absoluto, sino sujeto a limitaciones, sobre todo cuando entra en colisión con otros derechos fundamentales.

También traen a colación el principio de precaución o cautela que tiene su origen en las normas europeas de protección del medioambiente y que después se fueron extendiendo a otros sectores como el de la protección de la salud.

Además, los jueces advierten que la situación del covid-19 en el ámbito de la Comunidad de Madrid, pese a la relativa mejoría de los datos epidemiológicos, "sigue siendo de riesgo extremo, siendo esta comunidad una de las tres cuya tasa de incidencia acumulada sigue siendo la mayor". Y añade el incremento de los contagios ocasionados por las nuevas variantes.

Los magistrados responden a las recurrentes que esta prohibición no es consecuencia de una discriminación de género, como han argumentado en sus recursos, sino que "los motivos básicos de denegación de la concentración se centran en razones de salud pública".

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